La viceconsejera de Vivienda y presidenta de la sociedad pública Emvismesa ha anunciado este miércoles que, “ante la petición de los arrendatarios de viviendas de VPO”, se fijan las condiciones para que los afectados por el COVID-19 tengan derecho a una bonificación extraordinaria que se aplicará con carácter retroactivo sobre los recibos emitidos a partir de abril.
Recuerda Yonaida Sellam que Emvismesa gestiona un parque de viviendas públicas de protección oficial ocupadas en régimen de arrendamiento como de compraventa. Ante la situación creada por la pandemia del coronavirus y a través de la Consejería de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, Emvismesa ha acordado proponer que, “con carácter urgente”, se le autorice para poner en marcha una serie de medidas.
“Sin necesidad de tener que hacer algún tipo de petición individual”, para las personas que tienen que hacer frente a un crédito hipotecario se acuerda una moratoria de tres meses en el pago de las cuotas sin que se generen intereses, de modo que no se cobrarían los recibos de abril, mayo y junio de 2020. Las familias que no quieran acogerse a esta medida deberán solicitarlo expresamente en Emvismesa, llamando a los números de teléfono 952.67.94.80 y 952.67.57.84.
Pago de cuotas de alquiler
Con respecto a los arrendatarios que pagan una cuota de alquiler, aclara que muchos de ellos ya disfrutan de una subvención de hasta el 60 por ciento dirigida a unidades familiares de cuatro miembros con unos ingresos mensuales de 916,66 euros. “Teniendo en cuenta estas circunstancias”, remarca Sellam que Emvismesa “va a hacer un esfuerzo presupuestario importante” para ayudar a las familias más necesitadas. Así, a las familias de cuatro miembros con unos ingresos netos mensuales de hasta 1.503 euros se les aplicará “automáticamente” una bonificación de un 20 por ciento en las cuotas de abril, mayo y junio.
Las familias que no disfruten de ningún tipo de bonificación «o que esa ayuda no alcance el 20 por ciento» tendrán derecho a solicitar una bonificación especial de tres meses, aunque tendrán que cumplir una serie de requisitos en cuanto a sus ingresos. En este caso “excepcional”, esa bonificación se calculará en base a la nómina de marzo “con respecto a la de los meses de enero y febrero”.
Requisitos y plazos
Subraya Yonaida Sellam que en esta convocatoria no se exigirá que los beneficiarios estén al corriente del pago del arrendamiento, pero sí de las obligaciones fiscales y tributarias de la Ciudad Autónoma. Salvo los casos de aplicación automática, el plazo para solicitar estas bonificaciones estará abierto hasta el 30 de junio. Aunque no se tiene un cálculo realizado, estima que de esta medida se podrán beneficiar del orden de entre 900 y mil personas.
Por último, puntualiza que, “normalmente”, el superávit se utilizaba para pagar deuda y financiar actuaciones, pero este año se va a utilizar también para financiar actuaciones en materia de vivienda,” especialmente ahora que estamos en plena crisis sanitaria y que muchos ciudadanos ven con preocupación cómo hacer frente al alquiler y los créditos hipotecarios”.