El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Melilla desestima un recurso presentado por seis migrantes sirios que fueron devueltos a las autoridades marroquíes al considerar que su entrada en las Islas Chafarinas tenía como fin el acceso a Melilla y al entender que la solicitud de asilo “carecía de formalidad y motivación alguna”.
Los hechos se remontan al 3 de enero de 2022, cuando estas personas llegan a la isla del Congreso por sus propios medios en una “zodiac pequeñita” y “manifiestan de viva voz su voluntad de solicitar asilo”. Según describe la parte demandante, se produjo una “repatriación forzosa” no justificada porque se solicitó protección internacional. Se detalla que, como los individuos llegaron a territorio nacional, “se debió aplicar la normativa de extranjería con su correspondiente tramitación” y se critica que se infringió el principio básico de no devolución.
Sin embargo, el Juzgado defiende la postura de la Delegación del Gobierno, que describe el suceso de “uso pernicioso y fraudulento de la normativa reguladora del asilo, con la única finalidad de evitar consecuencias del intento de entrada ilegal en territorio español”. Precisamente, añade que por las Chafarinas entraron del orden de 796 personas en 2019 y se subraya que se reaccionó “con respeto del ordenamiento jurídico a tal situación”. También se pone de manifiesto que no se solicitó formalmente asilo, ya que únicamente “se expresa verbalmente la palabra asilo” y el “posterior email tampoco cumple los requisitos de una solicitud mínimamente solvente”.
Le decisión del fallo se basa en que los migrantes no intentaron “acercarse a un puesto fronterizo, e imposibilitar, al manifestar que se solicitaba asilo, cualquier procedimiento de devolución o expulsión”, algo que se califica de “actuación jurídicamente abusiva o incluso de fraude de ley”. Asimismo, se manifiesta la intencionalidad de su entrada en las Islas Chafarinas, ya que, según testificó un guardia civil, lo hicieron en una embarcación pequeña por la que tuvieron que pagar alrededor de 2.000 euros cada uno.
Por todo lo anterior, se expone que se desestima el recurso presentado, aunque advirtiendo que cabe interponer una apelación en un plazo de quince días hábiles.