Publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 1 de noviembre la orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de acciones formativas vinculadas al catálogo nacional de cualificaciones profesionales dirigidas a las personas trabajadoras para el año 2023.
Explica el director provincial Juan Ángel Berbel que «se entiende por acción formativa la dirigida a la adquisición y mejora de las competencias profesionales con significación en el mercado laboral y que conduce a la obtención completa o parcial de la formación incluida en un certificado de profesionalidad o un certificado profesional». Por lo tanto, deberán tener por objeto módulos profesionales que se incluyan en el catálogo de Formación Profesional y asociados al catálogo nacional de cualificaciones profesionales o al catálogo de estándares de competencias profesionales.
Las entidades de formación deberán estar acreditadas en el momento de presentar la solicitud para aquellos certificados de profesionalidad o certificados profesionales que constituyan el objeto de esta convocatoria. Asimismo, deberán disponer de instalaciones, equipamientos y recursos humanos suficientes que garanticen su solvencia técnica para impartir la formación teórica y práctica, «así como su calidad». Matiza Berbel que las instalaciones, equipamientos y otros recursos «podrán ser propios o bien de titularidad de terceras entidades privadas o públicas».
Las entidades de formación interesadas pueden consultar en las bases reguladoras los requisitos para solicitar la subvención. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.