La Junta Electoral Central (JEC) determina que los sobres que contienen votos por correo que han aparecido en buzones públicos junto a la correspondencia ordinaria y cuyo destino son mesas electorales de Melilla “deberán ser depositados por el personal de Correos en la Junta Electoral de Zona (JEZ) para su custodia”.
Tras la consulta elevada por el organismo local se ha detallado en un informe que toda la documentación electoral que se haya depositado con posterioridad al 24 de mayo, fecha en la que se exigía la identificación personal para poder entregar el voto en las oficinas de Correos, “serán devueltos a los electores”. Asimismo, se detalla que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) recoge que los sobres que contienen votos deben remitirse por correo certificado.
Pero, tomando en consideración la fecha en la que se adopta este acuerdo desde la Junta Electoral Central, siendo el límite en el que concluye el plazo para la entrega del voto por correo, y conociendo “las peculiares circunstancias que concurren en Melilla”, toda la documentación electoral que se ha depositado en buzones es “inválida” para evitar la confusión que se pueda provocar el domingo 28 de mayo.
Considera la mesa que, a partir de este momento, esos sobres deben ser entregados a la Junta Electoral de Zona de Melilla “teniendo en cuenta las investigaciones que se están realizando o las reclamaciones y recursos que puedan plantearse”.