Publicada en el Boletín Oficial de Melilla (BOME) -https://bomemelilla.es/bome/BOME-BX-2021-5/articulo/8#- la orden por la que la Consejería de Economía y Políticas Sociales prórroga por un periodo de 14 días la anterior de fecha 7 de enero como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19.
☑️ El horario de cierre de atención al público de los establecimientos comerciales se mantiene a las 19.00 horas, “con la excepción de los que desarrollan funciones de guardia, en particular, farmacias y estaciones de servicio”. Los comercios de alimentación podrán permanecer abiertos hasta las 21.30 horas, el mismo horario que regirá para las estaciones de servicio, centros deportivos, centros educativos, bibliotecas y centros sanitarios.
☑️ El sector de la restauración podrá seguir abriendo de 07.00 a 19.00 horas. Las mesas no podrán acoger a más de cuatro comensales, “excepto en casos de personas convivientes, circunstancia que deberá acreditarse documentalmente”. Se mantiene la prohibición del consumo en barra y de tabaco y cachimbas o shishas tanto en el interior como en las terrazas.
El servicio de restauración a domicilio, incluida la recogida del consumidor en el local, podrá prestarse hasta las 23.00 horas. Además, los establecimientos podrán prestar a sus huéspedes las labores de restauración en las horas habilitadas.
☑️ Los centros deportivos y gimnasios; las salas de juegos y locales de apuestas; las salas de exposiciones, museos, cines y teatros y los espacios de culto podrán estar abiertos con un tercio del aforo. Siguen suspendidos los eventos de ocio y culturales, deportivos y recreativos, “excepto los de ámbito profesional”.
☑️ Las celebraciones relativas a bodas, bautizos, comuniones o eventos similares deberán realizarse al aire libre y no podrán superar un tercio del aforo de la licencia de apertura de las instalaciones donde hubiera de celebrarse.
☑️ En velatorios y entierros la comitiva al aire libre no podrá exceder 25 personas, en el interior de las instalaciones dedicadas al velatorio y honras fúnebres la presencia de personas se reducirá 1/3 del aforo de la instalación y, en todo caso, no podrá superarse el número de personas no superará las 10, siempre que en la presencia simultánea se mantenga la distancia de seguridad de 2 metros entre los asistentes.
La presente orden mantendrá su eficacia hasta la medianoche del próximo 4 de febrero “y su eficacia que podrá prorrogarse o modificarse en función de la evolución de la situación epidemiológica en la ciudad de Melilla”.